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ADMINICULACION DE LA PRUEBA PERICIAL GRAFOSCÓPICA CON LA GRAFOLÓGICA


En un juicio civil, mercantil, arrendamiento, familiar, etc., el juzgador buscará la verdad de los hechos que se le ponen a su consideración valorando las pruebas que aportan los contendientes, pero en lo relativo a las pruebas grafoscópica y la grafolológica la toma de decisión es a través de sus procesos sensibles e intelectuales, de la sana crítica, que es precisamente la aplicación de la lógica y la correcta apreciación de cierta proposición de experiencia de que todo hombre se vale en la vida. Es precisamente en ésta circunstancia en la que puede tener una gran trascendencia el empleo de manera cotidiana de la Grafología que desconocen los litigantes y juristas en general, y esto sucede cuando se impugna una firma de falsa en un cheque, pagaré, contrato, etc., y se comprueba - grafoscópicamente - que no fue signada por su titular, sería de gran valía que el abogado (si tuviese los conocimientos básicos) si además de comprobar lo apócrifo de la firma, cuenta con algunos otros elementos de prueba de que la persona que presentó dicho documento para cobrar una cantidad de dinero o hacer efectiva la voluntad de un contratante, ofrecer de manera adminiculada la prueba pericial en Grafología, para conocer la personalidad del falsario, y ahí el juzgador se percatará y se descubrirá si ésta persona tiene en su escritura la tendencia predominante a faltar a la verdad, por tanto, que sus intenciones van más allá de “probar” que no le pertenece tal firma al titular, sino de causar un daño económico, moral, de prestigio, etc., en quien tiene conflictos de tipo personal ajenos a lo sustentado en el juicio. Considero que siendo tan frecuente este tipo de asuntos en los juzgados que afectan enormemente el número de tiempo y personal que tiene que intervenir, sería de gran ahorro de tiempo, y de ocupar el tiempo en cosas más importantes, el uso cotidiano de personas versadas en la Grafología, que ayuden a discernir tal circunstancia y, por ende, a la toma de decisión con más certeza del juzgador, ante la gran disyuntiva: ¿quién tiene la razón? ¿La persona que acusa a otra (actor o demandado) es totalmente honesta? o, en su escritura queda evidenciada la falta de honestidad en su comportamiento? ¿cómo creerle? Si el litigante se informará los beneficios de la Grafología, descubriría al ofrecer también dicha probanza al deshonesto(a) y mentiroso(a) evidenciando dicha conducta al juzgador.

Mtra. Elsa J. Zapata Castillo

Perito en documentos cuestionados

lic.ejzc@gmail.com

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