LA ESENCIA DEL DICTAMEN PERICIAL EN GRAFOSCOPÍA
En el ámbito forense, es muy frecuente que se solicite la intervención del perito en Grafoscopía a fin de determinar la autenticidad o falsedad de una firma o firmas. Desafortunadamente, tratándose de la estructura que utiliza cada perito para emitir su dictamen, al no existir un “formato universal, perfecto, intachable” que se pueda tomar de modelo, existen una diversidad muy vasta de “formatos” donde se informa de la actividad realizada por el experto en la materia, los cuales, a veces, dejan mucho que desear, en cuanto a la validez que se les puede otorgar, desde el punto de vista eminentemente técnico-científico de la Grafoscopía, porque no observan la secuencia adecuada.
A manera de ejemplo, para poder hacer el estudio correspondiente, se requiere cumplir cabalmente con los requisitos técnico- científicos de la Grafoscopía (que sean contemporáneos, que las firmas auténticas sean más de 10 – de preferencia-, etc.) una vez cubiertos estas exigencias metodológicas, se lleva a cabo el análisis de las firmas indubitadas (auténticas)es decir, se inicia a Identificar, (que siempre empieza con la observación minuciosa y detallada de la firma, hacer una lista de caracteres gráficos, describir, puntualizar y registrar todo dato que sea importante, distintivo, inconfundible, exclusivo del escribiente, etc.
Hasta tener toda la información que permita distinguir de otras firmas, las características gráficas encontradas; el mismo procedimiento se aplica a las firmas dubitadas (cuestionadas) o, por lo menos ésa es la secuencia que tendría que observarse, siguiendo un orden (método científico, aceptado para dar formalidad al dictamen)
En un número no escaso de dictámenes, resulta que, antes de que señalen y determinen Qué características gráficas tiene las firmas auténticas, el perito realiza cuadro comparativo, con las firmas dubitadas, circunstancia que debería de ser motivo suficiente para descartar su opinión, ya que no cumple con los lineamientos básicos de investigación – ni los de las leyes de la Grafoscopía- que se le pide cuando se decide darle intervención en el asunto. Por ello, sería indispensable que hubiera determinados prerrequisitos, exigencias y restricciones, a los expertos en Grafoscopía, que no acaten tal circunstancia, pues quedaría entredicho, la escrupulosidad con la que hicieron su labor, además de las consecuencias de un estudio deficiente e incompleto. Otra cuestión que es muy reiterativa en un gran número de dictámenes, es la falta de sustento teórico, estadístico, referencial, que permita al juzgador tener la certeza de los conceptos técnicos, científicos, a que alude en su informe, son los idóneos en la rendición de su dictamen, y no sólo “enuncien o enumeren” una lista de métodos usados, que, dentro de su dictamen no se advierte su propósito, quedando ajeno a todo lo expresado, al ser sólo “letra muerta”, por superfluo, innecesario, al no corroborar su relación con lo expuesto en su peritaje.
Mtra. Elsa J, Zapata Castillo
Perito en Documentos cuestionados
lic.ejzc@gmail.com